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Libertad y responsabilidad en la ciencia. 

Desplace hacia abajo
El compromiso de defender y promover la práctica libre y responsable de la ciencia trasciende todo el trabajo del Consejo y sus principios están consagrados en los Estatutos del ISC.

Fondo

El avance de la ciencia como un bien público global depende de garantizar que el proceso científico sea confiable y que la ciencia se practique de maneras libres, responsables, equitativas e inclusivas, y que los científicos contribuyan activamente al discurso público.

Al mismo tiempo, avances rápidos como la inteligencia artificial y la biología sintética traen consigo grandes beneficios pero también riesgos significativos, mientras que la IA está transformando el modo en que se produce y se comunica el conocimiento y el sector privado desempeña un papel cada vez más importante en el descubrimiento y la ciencia aplicada.

Los principios de libertad y responsabilidad están consagrados en los Estatutos del ISC y son cada vez más urgentes en medio del creciente escepticismo, la desinformación y la disminución de la confianza en las instituciones, junto con las presiones políticas y económicas que pueden limitar la libertad científica y la independencia de la investigación.

En este panorama cambiante, una posición dedicada Comité por la Libertad y la Responsabilidad en la Ciencia (CFRS) trabaja en la intersección de la ciencia y los derechos humanos para proteger y defender estos principios.

Los Principios del ISC sobre Libertad y Responsabilidad en la Ciencia

Los principios de libertad y responsabilidad en la ciencia establecen las libertades que deben disfrutar los científicos, así como las responsabilidades que asumen.

i. Libertad de acceso a la educación, formación y tutoría científicas.

Artículo 26 de La Declaración Universal de Derechos Humanos estipula que “toda persona tiene derecho a la educación”. El ISC afirma que este derecho se aplica a la educación, la formación y la tutoría científicas.

ii. Libertad para participar en la producción de conocimiento.

  • Esta libertad debe estar respaldada por un acceso equitativo al conocimiento, la información, los datos y otros recursos necesarios existentes.
  • El ejercicio efectivo de esta libertad supone la libertad de circulación, asociación, comunicación y expresión.
  • En cuanto a la libertad de movimiento, la ISC afirma que quienes se encuentran legalmente dentro de un país deben tener libertad para moverse dentro del país y para salir del mismo. Más allá de esto, específicamente en relación con el objetivo de la producción de conocimiento, se deben hacer todos los esfuerzos razonables para minimizar las barreras a la libertad de movimiento entre países.

III. Libertad para promover y comunicar la ciencia por el bien de la humanidad, otras formas de vida, los ecosistemas, el planeta y más allá.

  • Esta libertad debe abarcar un compromiso con el bien público, que es diferente del interés público. El bien público es aquel que promueve el bienestar de todos: los humanos, los animales no humanos y el medio ambiente.
  • El ejercicio responsable de esta libertad tiene como objetivo promover tanto la justicia social como la justicia intergeneracional.

IV. Responsabilidad de promover la ciencia de manera que sea equitativa e inclusiva de la diversidad humana.

  • Es importante abstenerse y prevenir la discriminación en la ciencia basada en percepciones de origen étnico, identidad racial, nacionalidad, ciudadanía, sexo, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, edad, creencias religiosas u otros grupos sociales.
  • Es igualmente importante promover activamente la justicia, la equidad y la participación en los beneficios en la ciencia.

v. Responsabilidad de garantizar que los diseños de investigación cumplan con los estándares de validez científica y satisfagan las normas éticas establecidas.

  • La ciencia debe ser rigurosa en términos de la calidad de la evidencia generada, estar libre de conflictos de intereses y de manipulación o falsificación de datos o hallazgos.
  • La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos aborda preocupaciones sobre la relación entre ética, ciencia y libertad. Esta es una referencia razonable para las normas éticas establecidas.

vi. Responsabilidad de compartir información científica precisa generada a través de enfoques teóricos, observacionales, experimentales y analíticos.

La confianza en la ciencia depende de la difusión activa de información científica y de los resultados de las investigaciones (tanto positivos como negativos) entre pares, formuladores de políticas y la sociedad civil.

vii. Responsabilidad de contribuir a la gobernanza eficaz y ética de la ciencia.

Según corresponda, se espera que los científicos (incluido el personal de investigación y los estudiantes), los gobiernos nacionales, las instituciones de investigación, los organismos de financiación, los organismos reguladores y de supervisión, los comités de revisión, los editores y editores, las instituciones de establecimiento de normas y los educadores:

  • Contribuir a herramientas, instituciones y procesos de gobernanza eficaces.
  • Crear un entorno que permita la realización libre y responsable de la ciencia.
  • Introducir procesos justos para la presentación de informes e investigaciones confidenciales sobre posibles investigaciones científicas ilegales, poco éticas o inseguras.

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El gobierno de Nueva Zelanda ha apoyado activamente al CFRS desde 2016. Este apoyo se renovó generosamente en 2025, con el Ministerio de Negocios, Innovación y Empleo, apoyando al CFRS a través del asesor especial del CFRS, Gustav Kessel, con base en la Royal Society Te Apārangi, y por el Dr. Roger Ridley. , Director de Práctica y Asesoramiento de Expertos, Royal Society Te Apārangi.