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Libertad y responsabilidad en la ciencia. 

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El compromiso de defender y promover la práctica libre y responsable de la ciencia está en los Estatutos del ISC y atraviesa todo el trabajo del Consejo.

El Consejo Internacional de Ciencia Comité por la Libertad y la Responsabilidad en la Ciencia (CFRS) trabaja en la intersección de la ciencia y los derechos humanos para proteger y defender los principios de libertad y responsabilidad en la ciencia.

La práctica responsable de la ciencia y la responsabilidad de los científicos de aportar su conocimiento en el espacio público van de la mano. Ambos son esenciales para la visión del ISC de la ciencia como un bien público global.

Los principios del Consejo de libertad y responsabilidad en la ciencia están consagrados en el artículo 8 del Consejo Estatutos y reglamento interno (adoptado el 8 de marzo de 2024).

Los principios de libertad y responsabilidad en la ciencia del ISC

Los principios de libertad y responsabilidad en la ciencia establecen las libertades que deben disfrutar los científicos, así como las responsabilidades que asumen.

i. Libertad de acceso a la educación, formación y tutoría científicas.

Artículo 26 de La Declaración Universal de Derechos Humanos estipula que “toda persona tiene derecho a la educación”. El ISC afirma que este derecho se aplica a la educación, la formación y la tutoría científicas.

ii. Libertad para participar en la producción de conocimiento.

  • Esta libertad debe estar respaldada por un acceso equitativo al conocimiento, la información, los datos y otros recursos necesarios existentes.
  • El ejercicio efectivo de esta libertad supone la libertad de circulación, asociación, comunicación y expresión.
  • En cuanto a la libertad de movimiento, la ISC afirma que quienes se encuentran legalmente dentro de un país deben tener libertad para moverse dentro del país y para salir del mismo. Más allá de esto, específicamente en relación con el objetivo de la producción de conocimiento, se deben hacer todos los esfuerzos razonables para minimizar las barreras a la libertad de movimiento entre países.

III. Libertad para promover y comunicar la ciencia por el bien de la humanidad, otras formas de vida, los ecosistemas, el planeta y más allá.

  • Esta libertad debe abarcar un compromiso con el bien público, que es diferente del interés público. El bien público es aquel que promueve el bienestar de todos: los humanos, los animales no humanos y el medio ambiente.
  • El ejercicio responsable de esta libertad tiene como objetivo promover tanto la justicia social como la justicia intergeneracional.

IV. Responsabilidad de promover la ciencia de manera que sea equitativa e inclusiva de la diversidad humana.

  • Es importante abstenerse y prevenir la discriminación en la ciencia basada en percepciones de origen étnico, identidad racial, nacionalidad, ciudadanía, sexo, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, edad, creencias religiosas u otros grupos sociales.
  • Es igualmente importante promover activamente la justicia, la equidad y la participación en los beneficios en la ciencia.

v. Responsabilidad de garantizar que los diseños de investigación cumplan con los estándares de validez científica y satisfagan las normas éticas establecidas.

  • La ciencia debe ser rigurosa en términos de la calidad de la evidencia generada, estar libre de conflictos de intereses y de manipulación o falsificación de datos o hallazgos.
  • La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos aborda preocupaciones sobre la relación entre ética, ciencia y libertad. Esta es una referencia razonable para las normas éticas establecidas.

vi. Responsabilidad de compartir información científica precisa generada a través de enfoques teóricos, observacionales, experimentales y analíticos.

La confianza en la ciencia depende de la difusión activa de información científica y de los resultados de las investigaciones (tanto positivos como negativos) entre pares, formuladores de políticas y la sociedad civil.

vii. Responsabilidad de contribuir a la gobernanza eficaz y ética de la ciencia.

Según corresponda, se espera que los científicos (incluido el personal de investigación y los estudiantes), los gobiernos nacionales, las instituciones de investigación, los organismos de financiación, los organismos reguladores y de supervisión, los comités de revisión, los editores y editores, las instituciones de establecimiento de normas y los educadores:

  • Contribuir a herramientas, instituciones y procesos de gobernanza eficaces.
  • Crear un entorno que permita la realización libre y responsable de la ciencia.
  • Introducir procesos justos para la presentación de informes e investigaciones confidenciales sobre posibles investigaciones científicas ilegales, poco éticas o inseguras.

Equipo de proyecto

Para cualquier consulta contacte con el responsable del proyecto. Vivi Stavrú.

El gobierno de Nueva Zelanda ha apoyado activamente al CFRS desde 2016. Este apoyo se renovó generosamente en 2019, con el Ministerio de Negocios, Innovación y Empleo, apoyando al CFRS a través del asesor especial del CFRS, Gustav Kessel, con base en la Royal Society Te Apārangi, y por el Dr. Roger Ridley. , Director de Práctica y Asesoramiento de Expertos, Royal Society Te Apārangi. 

Vivi Stavrú

Vivi Stavrú

Oficial científico superior, secretario ejecutivo

Comité para la Libertad y la Responsabilidad en la Ciencia, Consejo Científico Internacional

Vivi Stavrú
Gustav Kessel Gustav Kessel

Gustav Kessel

Asesor especial

Comité para la Libertad y la Responsabilidad en la Ciencia, Consejo Científico Internacional

Gustav Kessel

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