Resumen de políticas/nota de asesoramiento
La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 afirma el derecho de una persona a "salir de cualquier país, incluido el propio, y regresar a su país" (Artículo 13.1).
Sin embargo, las medidas adoptadas por algunas autoridades nacionales para prevenir la inmigración ilegal pueden hacer que el proceso de solicitud de visa sea complejo, costoso e impredecible. Esto puede interferir con reuniones científicas internacionales, eventos, oportunidades de enseñanza y colaboraciones de investigación, cuando los científicos requieren visas para viajar.
Como resultado de la pandemia de COVID-19, las conferencias y la enseñanza se realizan cada vez más en línea. Algunos gobiernos han impuesto restricciones a los científicos para limitar su participación en reuniones en línea, a menudo citando preocupaciones por la seguridad nacional. Estas restricciones pueden servir para debilitar las relaciones internacionales entre investigadores, así como crear desigualdades en el acceso a la información y a las oportunidades entre científicos de diferentes países.
El derecho a realizar investigaciones científicas, buscar y comunicar conocimientos y a asociarse libremente en dichas actividades está consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el ISC. Principio de libertad y responsabilidad en la ciencia. CFRS pide a las autoridades nacionales que protejan y respeten la libertad de movimiento de los científicos. Las restricciones arbitrarias de visas y la regulación excesiva de la participación en reuniones en línea limitan el intercambio de conocimientos entre científicos y la generación de nuevos conocimientos a través de la colaboración internacional. Tales restricciones también pueden crear o exacerbar desigualdades entre investigadores de diferentes países, particularmente en lo que respecta a las oportunidades de desarrollo profesional y la capacidad de contribuir al intercambio y la cooperación científicos.
De acuerdo con el Estatuto 7 del ISC, se espera que todos los miembros del ISC que organizan o patrocinan reuniones científicas internacionales, tanto en línea como en persona, garanticen que la participación de los científicos esté libre de discriminación de cualquier tipo. Esto significa que los Miembros deben considerar los requisitos de visa de los científicos que viajan, así como la accesibilidad en línea para las conferencias digitales, y deben esforzarse por garantizar que se pueda lograr una participación equitativa para todos los participantes. Los científicos individuales tienen la responsabilidad de cumplir con los requisitos de visa y las regulaciones tecnológicas, y deben plantear cualquier problema que enfrenten al miembro correspondiente del ISC.
Directrices del ISC para viajes internacionales y cuestiones de visas
El principio de libertad y responsabilidad en la ciencia del ISC implica la libertad de movimiento, asociación, expresión y comunicación de los científicos, así como el acceso equitativo a los datos, la información y otros recursos para la investigación. Al defender la práctica libre y responsable de la ciencia, el Consejo promueve oportunidades equitativas para el acceso a la ciencia y sus beneficios y se opone a la discriminación de cualquier tipo.
Como guardián del Principio de Libertad y Responsabilidad, el Comité para la Libertad y la Responsabilidad en la Ciencia ha desarrollado la siguiente guía para viajes relacionados con la ciencia.
Principios
Para organizadores de eventos y reuniones:
Para patrocinadores de reuniones:
Para participantes que viajan: